Elección del Organismo Judicial se frenó entre amparos y disputas por los últimos cuatro años

Desde hace cuatro años no se ha elegido a magistrados del OJ. Quienes fueron electos en 2014 han extendido su mandato casi cumpliendo dos periodos. (Foto Prensa Libre)

Una serie de acciones legales e investigaciones, así como falta de voluntad política, han significado el atraso por más de cuatro años de la elección de Cortes.

Mientras los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Cortes de Apelaciones que fueron elegidos en el 2014 casi culminan su segundo período en el cargo, la Corte de Constitucionalidad (CC) ordenó la semana pasada al Congreso de la República elegir a quienes presidirán las Cortes, cargos que debieron renovarse el 13 de octubre de 2019.

Proceso obstaculizado

Prensa Libre recopiló los principales recursos legales y obstáculos que han significado el atraso del proceso de renovación del Organismo Judicial (OJ).

En febrero del 2019 el Congreso convocó para que se integrarán las Comisiones de Postulación ocho meses antes que se venciera el mandato de la CSJ. No obstante, la Ley de Comisiones de Postulación establece que se debe convocar con cuatro meses de anticipación. Ese fue el primer signo de alerta.

Por esa anticipación la Fundación Familiares y Amigos contra la Delincuencia y Secuestro (Fads) presentó un amparo en relación al proceso de elección. La agrupación señalaba al Congreso de haber convocado antes de lo que la ley indica. La CC dictó al Congreso que se debía realizar una nueva convocatoria en junio, tal como lo establece la normativa.

En junio se volvió a convocar a la postuladora y fueron integradas las comisiones para CSJ y una distinta para Salas de Apelaciones. En julio, el magistrado Noé Ventura Loyo, de la Sala de Apelaciones de Femicidio, presentó un segundo amparo al proceso.

Ventura Loyo buscaba impugnar la elección de los representantes de Salas que recién se había realizado. Argumentó que solo se presentó una planilla sin convocatoria ni publicidad. Además que no hubo representación de minorías, como dicta la ley.

Luego la Fundación Myrna Mack presentó un recurso de amparo el 28 de agosto de ese año y justificaban que las comisiones postuladoras no solicitaron al Consejo de la Carrera Judicial (CCJ) la lista de la evaluación de candidatos.

En este caso, los interesados presentaron de manera personal su expediente, sin embargo, el proceso legal indica que debe ser a través del Consejo.

La CC resolvió tanto el ampro de Ventura Loyo como el de la Fundación Myrna Mack obligando a repetir la elección de representantes de magistrados de salas. Además, que el CCJ debía calificar los expedientes mediante el reglamento.

Llegó 2020 y el 14 de febro la Comisión de Postulación de Apelaciones integró la nómina final para enviarla al Congreso. Cuatro días después, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci), en ese entonces a cargo de Juan Francisco Sandoval, reveló el caso denominado Comisiones Paralelas 2020, una trama de tráfico de influencias y colusión para elegir a los nuevos magistrados.

La investigación señala a Gustavo Alejos de sostener encuentros con diputados, jueces, magistrados y abogados en un sanatorio mientras se encontraba privado de libertad por estar ligado a otros procesos. Según la Feci, Alejos había logrado viciar la elección de magistrados.

Dos años antes, la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) con el Ministerio Público (MP) habían expuesto el caso Comisiones Paralelas, que comprometía la elección de magistrados del 2014 por haber desarrollado el proceso entre negociaciones con Roberto López Villatoro, el rey del tenis, como el operador político.

En 2020, a la luz del nuevo caso, Consuelo Porras, como jefa del MP, interpuso un amparo el 24 de febrero solicitando que se suspendiera la elección para evitar la elección de candidatos considerados no idóneos.

La CC otorgó el amparo ordenando que el MP remitiera al Congreso toda la información de expedientes judiciales de los candidatos y que los diputados se excluyeran de la elección a quienes, con base a la información de la Fiscalía, no fueran honorables. También obligaba a los legisladores a votar a viva voz por cada uno de los casi 300 candidatos.

Se sumó la Asociación de Estudiantes Universitarios (AEU) de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y presentó un amparo solicitando que la CC frenara la elección para garantizar la transparencia del proceso.

El Congreso recibió la información de la Fiscalía, como lo ordenó la CC, analizó los perfiles de los candidatos y el 23 de junio de 2020 decidieron no excluir del proceso a los 15 candidatos cuestionados por la Feci, calificando la orden constitucional de ilegal.

El Congreso estableció, a través de un acuerdo, su forma de votación sin límite de tiempo para la intervención de cada diputado, sin exclusión de candidatos y sin respeto de jerarquías. A los tres días, los 92 legisladores que aprobaron dicho acuerdo fueron denunciados en el MP por no cumplir con la sentencia, pero las solicitudes de antejuicio fueron rechazadas por la CSJ.

Avance legal de los casos

En el caso Comisiones Paralelas del 2014, del cual se derivó todo, se dictó sentencia el pasado 5 de septiembre. El ‘Rey del Tenis’ fue absuelto del caso junto a Clara Guadalupe López Villatoro; y el magistrado de Sala de Apelaciones suspendido, Eddy Orellana Donis.

La Fiscalía pedía entre 5 y 10 años de prisión, sin embargo, el Tribunal de Mayor Riesgo E consideró que el MP no presentó las pruebas contundentes para comprobar la culpabilidad.

Al respecto de Comisiones Paralelas 2020 se encuentra detenido por varias acciones legales por lo que está pendiente de etapa intermedia.  En esa diligencia, el MP expondrá a detalle su acto conclusivo para solicitar al juez enviar a juicio a los acusados por los delitos que los señalan.

Hasta abril de este año el caso estaba en el Juzgado de Mayor Riesgo D, pero el juez Juan José Jiménez, aceptó una cuestión de competencia reconociendo que la investigación no fue conexada con otra carpeta judicial que ya estaba asignada en la judicatura por lo que no se puede tener en un juzgado de mayor riesgo.

Lo que ordena la CC a Congreso

  • Incluir en la agenda la elección de CSJ y Apelaciones para el período 2019-2024.
  • De no lograr la elección antes del fin del período ordinario, el 30 de noviembre, se debe declarar en sesión permanente.
  • Concluir el proceso a más tardar el 15 de diciembre de 2023.
  • Darle prioridad a la elección de la CSJ y luego continuar con las Cortes de Apelaciones.
  • A los diputados se les conmina a permanecer en las sesiones convocadas para integrar cuórum.
  • Prescindir de la aplicación de procesos si estos no coadyuvan con la elección de Cortes y pueden utilizar el sistema electrónico de votación.
  • Los candidatos elegibles son quienes integran las actuales listas entregadas por las comisiones de postulación.
  • Se debe mencionar a viva voz el nombre del candidato sometido a votación.
  • Si un diputado quiere razonar su voto se debe abrir el espacio y se podrá limitar los tiempos de exposición para evitar atrasos.
  • Se debe elegir a profesionales más capaces e idóneos.
  • En caso de incumplimiento la CC certificará lo conducente al MP.


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