La primera y segunda vuelta electoral culminaron y dieron por ganadores al binomio conformado por Bernardo Arévalo y Karin Herrera, así como a 160 legisladores del Congreso de la República, 20 del Parlamento Centroamericano y 340 corporaciones municipales.
Todas estas nuevas autoridades, muchas reelectas, recibieron ya las credenciales que les confirman en el puesto que ocuparán por los próximos cuatro años, de 2024 a 2028. Pero mientras esto ocurrió, en las calles se libran batallas en contra de procesos judiciales que buscan poner en duda el proceso electoral.
Magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por ejemplo, han sido antejuiciados por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (Feci) por denuncias de ciudadanos de quienes no se han revelado nombres. También funcionarios de esta institución.
Esta decisión la discutieron a finales de septiembre y trascendió este 10 de octubre de 2023 en medio de las protestas ciudadanas que exigen la renuncia de los fiscales Consuelo Porras, Rafael Curruchiche, Cinthia Monterroso y el juez Fredy Orellana.
La Inspectoría General del TSE le recordó a los partidos políticos y comités cívicos que deben retirar la publicidad que colocaron en calles y avenidas de sus localidades porque así lo establece la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
La propaganda ambulatoria, como le llama la autoridad electoral guatemalteca a ese tipo de publicidad, será retirada por coordinación de la Inspección General, las municipalidades y las organizaciones políticas.
La petición, hecha por medio de un oficio del TSE, vino de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno (AMSCLAE), quien pidió al Supremo Electoral proceder “con el retiro de la propaganda electoral y evitar la contaminación”. Les envió un escrito el 21 de septiembre pasado.
De acuerdo con la información oficial del TSE, a más de un mes desde que se concluyó la segunda vuelta electoral, “se ha solicitado a los partidos políticos y comités cívicos que retiren la propaganda que utilizaron para la promoción de sus candidatos en todo el país”.
Esto, según la inspectora general del TSE, Claudia Ardón, “en cumplimiento con el artículo 68 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos”.
“Durante la reunión 37 entre el Pleno de magistrados del TSE y fiscales nacionales de los partidos políticos, se solicitó a los representantes de las organizaciones políticas que inicien con el proceso de retiro de la propaganda electoral que utilizaron”, aseguran Ardón.
La petición, según Ardón, se hizo por medio de un oficio que fue dirigido a 25 organizaciones políticas y 79 comités cívicos para que remuevan su publicidad.
“En ese sentido se ha previsto emitir un segundo oficio dirigido a todos los partidos políticos y comités cívicos para que avancen con ese requerimiento, de lo contrario pueden ser sancionados”, comenta.
El artículo 68 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, establece que, “cualquier autoridad, con autorización del Tribunal Supremo Electoral, podrá retirar la propaganda, cuyo costo de retiro deberá ser deducido del monto del financiamiento público a que se tenga derecho, por parte de la organización política correspondiente”, refiere la Inspectoría General del TSE.
Inspección General del #TSEGuatemala gira instrucciones a las organizaciones políticas para que retiren la propaganda electoral utilizada en las #EleccionesGT2023.
Detalles https://t.co/W86N6scRXU pic.twitter.com/SY2VP1K7vX
— TSE Guatemala (@TSEGuatemala) October 11, 2023
“De no tener derecho dicha organización, será el candidato al que promoviere la propaganda correspondiente, el responsable de pagar los costos respectivos. En el caso de propaganda genérica a un partido político, el responsable será la organización política promovida”, aclararon.
“De aplicarse el artículo 68, la propaganda incautada queda en custodia de la autoridad que auxilia el retiro, con aviso al TSE o su delegación”, revelaron.
Plazos y proceso de retiro
En el capítulo cuatro de la LEPP, sobre propaganda electoral, se establece que “dentro de un plazo de sesenta días de concluido un proceso electoral, los partidos políticos y comités cívicos están obligados a retirar la propaganda electoral a favor de ellos o de sus candidatos”.
“Vencido dicho plazo, cualquier autoridad, con autorización del Tribunal Supremo Electoral, podrá retirarla, en cuyo caso el costo de retiro deberá ser deducido del monto del financiamiento público a que se tenga derecho, de no tener derecho a financiamiento público”, continúa.
Y finaliza “el candidato al que promoviera la propaganda correspondiente, será el responsable de pagar los costos antes mencionados, y en el caso de propaganda política que promueve genéricamente a un partido político, el responsable será la organización política promovida.”
En cada proceso se dice lo mismo, pero al final son trabajadores municipales quienes la retiran aun cuando la responsabilidad, según el TSE, recae sobre las organizaciones políticas y comités cívicos participantes en el evento electoral.
Sin embargo, esto no ocurre en todos los municipios. En algunos casos esa publicidad se queda hasta que las inclemencias del tiempo se encargan de botarlas.
En el caso de la Ciudad de Guatemala, según registros oficiales, es la comuna capitalina la que ha asumido la tarea para retirarla, esperar que la reclamen o llevarla definitivamente al basurero ubicado en la zona 3.
Cientos de toneladas de material plástico se suman al resto de desechos que llegan a diario a ese vertedero. Muchas veces las personas que recolectan objetos reciclables usan las mantas vinílicas para usarlas como techos o paredes en los lugares donde residen.
De acuerdo con información proporcionada por la Unidad de Prensa de la Dirección de Comunicación de la municipalidad de la Ciudad de Guatemala, “se espera que los partidos cumplan con su deber de retirar voluntariamente toda su propaganda. Se les brinda un tiempo prudencial”, indican.
https://ift.tt/u3QdOh9 from Prensa Libre | Política https://ift.tt/M58jFhE
0 Comentarios